Respondemos a algunas de las preguntas más frecuentes sobre los derechos de propiedad horizontal.
1- ¿Está obligado el vendedor de un inmueble a informar al administrador de la venta del mismo?
Sí, el vendedor del inmueble debe ponerse en contacto con la persona que ejerce de administrador para informarle del cambio de titularidad del inmueble, ya que, de lo contrario, seguirá siendo responsable de las deudas contraídas con la comunidad tras la transmisión.
2- ¿Cuáles son los órganos de una comunidad?
a) La reunión de propietarios.
b) El presidente.
c) El secretario-director.
3- ¿Es obligatorio el cargo de presidente?
Sin embargo, un juez puede pedir al presidente designado que renuncie en el plazo de un mes desde su nombramiento, alegando razones como la incapacidad o la edad.
4- ¿Cuánto tiempo tengo que ser presidente de la comunidad?
Salvo que los estatutos de la asociación indiquen lo contrario, las funciones de los órganos de gobierno (presidente, administrador, etc.) se asignan por un año.
5- ¿Puede cada propietario convocar una junta de propietarios?
No, según el artículo 16 de la LPH, la junta de propietarios es convocada por el presidente o por la cuarta parte de los propietarios de la comunidad o por un número de propietarios correspondiente al 25% de las acciones.
6- ¿Cuál es el plazo para convocar una junta ordinaria o extraordinaria de propietarios?
En el caso de las reuniones ordinarias, con un mínimo de 6 días de antelación, y en el caso de las reuniones extraordinarias con mucha antelación para que todas las partes interesadas puedan ser informadas.
7- ¿Cuáles son las tareas del consejo de propietarios?
Según el artículo 14
(a) nombrar y destituir al Presidente y al Director
(b) aprobar el estado provisional de ingresos y gastos
(c) aprobar el presupuesto y la ejecución de las reparaciones del edificio
(d) aprobar o modificar los Estatutos.
(e) decidir sobre asuntos de interés general.
8- Como propietario del edificio, ¿estoy obligado a pagar los gastos de mantenimiento del ascensor aunque no lo utilice?
La LPH establece que todos los propietarios de pisos o estructuras están obligados a contribuir a los gastos comunes ocasionados por los servicios no individuales, independientemente de que los utilicen o no.
Sin embargo, también es posible que los estatutos que rigen el funcionamiento de la comunidad o la escritura de constitución de la misma establezcan expresamente que los propietarios de dichas instalaciones están obligados a contribuir a los gastos comunes de los servicios que no utilizan.
9- ¿Qué se tiene en cuenta para calcular el número de votos en una asamblea?
Hay un voto por piso. Si una persona es propietaria de más de un piso, sólo tiene un voto, pero el porcentaje de participación se calcula sumando todos los pisos que posee.
10- ¿Qué decisiones de la junta de propietarios se pueden tomar con una mayoría de tres quintos?
Se trata de la creación o supresión de ascensores, porteros, vigilantes, servicios de seguridad u otros servicios comunes de interés general.