En muchas comunidades de propietarios en Jaén surge la duda sobre si los locales comerciales deben contribuir a la reparación o sustitución del telefonillo (portero automático o videoportero).
Al tratarse de un elemento común, la respuesta dependerá de lo que indiquen la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y los estatutos de la comunidad.
El telefonillo como elemento común
El portero automático o videoportero se considera un elemento común del edificio, ya que forma parte del sistema de comunicación entre el exterior y las viviendas.
La Ley de Propiedad Horizontal establece que todos los propietarios, incluidos los locales, deben contribuir a los gastos de conservación y reparación de los elementos comunes, salvo que exista una dispensa expresa en el título constitutivo o en los estatutos.
👉 En principio, un local en Jaén sí debe pagar su parte proporcional de la reparación o sustitución del telefonillo.
¿Qué dicen los estatutos de la comunidad?
Hay comunidades en Jaén cuyos estatutos eximen a los locales de determinados gastos, como los del ascensor, la antena o el telefonillo.
- 📜 Si los estatutos incluyen una exoneración expresa, el local no paga.
- ⚖️ Si no hay dispensa, el local debe contribuir según su cuota de participación.
- 📢 Los acuerdos de exoneración deben haberse adoptado por unanimidad para ser válidos.
👉 Es importante revisar los estatutos antes de reclamar o dejar de pagar.
Jurisprudencia sobre telefonillos y locales
La jurisprudencia suele ser clara:
- Cuando el telefonillo se considera servicio general del inmueble, todos los propietarios deben pagar, incluidos los locales.
- Si el local tiene acceso independiente desde la calle y no utiliza el servicio, podría justificarse una exención si así lo prevé el título constitutivo.
- En ausencia de dispensa expresa, prevalece el criterio de gasto común obligatorio.
Ejemplo práctico en Jaén
📌 Imaginemos una comunidad en el centro de Jaén con 10 viviendas y 2 locales comerciales.
- Se sustituye el videoportero de todo el edificio.
- El coste total es de 4.000 €.
- Cada propietario paga según su coeficiente.
- Los locales deben contribuir, salvo que en los estatutos figure su exención.
Preguntas frecuentes en Jaén
¿Un local siempre paga la reparación del telefonillo?
Sí, salvo que exista exoneración en estatutos o título constitutivo.
¿Y si el local no tiene acceso al portal?
Si tiene entrada independiente y los estatutos lo prevén, podría estar exento.
¿Qué pasa si el local se niega a pagar?
La comunidad puede iniciar un procedimiento monitorio para reclamar la deuda, igual que con cualquier moroso.
Recomendación final
En Jaén, salvo dispensa en estatutos, un local debe contribuir en la reparación o sustitución del telefonillo de la comunidad, ya que se trata de un elemento común.
Si tu comunidad tiene dudas sobre la aplicación de los gastos o necesita revisar sus estatutos, en Aquitu podemos ayudarte como administradores de fincas en Jaén.

