¿Qué es el modelo 347 y cómo afecta a las comunidades de propietarios?

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El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar anualmente las personas físicas o jurídicas que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural.

El objetivo de este modelo es facilitar a la Agencia Tributaria el control de las operaciones económicas entre contribuyentes.

¿Qué tiene que ver esto con las comunidades de propietarios?

Pues bien, las comunidades de propietarios están obligadas a presentar el modelo 347 cuando hayan realizado operaciones con terceros que superen el límite mencionado.

Por ejemplo, si la comunidad ha contratado servicios de limpieza, mantenimiento, reparaciones, etc. y ha pagado más de 3.005,06 euros a una misma empresa o profesional durante el año, tendrá que declararlo en el modelo 347.

¿Qué plazo tiene la comunidad para presentar el modelo 347?

El plazo para presentar el modelo 347 es el mes de febrero del año siguiente al que se refieren las operaciones. Es decir, si la comunidad tiene que declarar las operaciones realizadas en el año 2022, tendrá que presentar el modelo 347 en febrero de 2023.

¿Qué consecuencias tiene no presentar el modelo 347 o hacerlo fuera de plazo?

La no presentación o la presentación fuera de plazo del modelo 347 puede suponer una sanción económica para la comunidad de propietarios.

La sanción puede variar según el grado de incumplimiento, pero puede llegar a ser de 20 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos o erróneos, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

¿Cómo puede la comunidad cumplir con esta obligación?

La comunidad puede cumplir con esta obligación mediante la presentación telemática del modelo 347 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Para ello, necesitará disponer de un certificado electrónico o un sistema de identificación Cl@ve PIN.

Además, deberá tener a mano los datos identificativos y fiscales de los terceros con los que ha realizado las operaciones, así como el importe total anual y trimestral de las mismas.

Es importante que la comunidad lleve un registro contable y documental de todas las operaciones que realiza con terceros, para poder cumplimentar correctamente el modelo 347 y evitar posibles errores o sanciones.

Asimismo, es recomendable que la comunidad cuente con el asesoramiento profesional de un administrador de fincas colegiado, que podrá ayudarle a gestionar esta y otras obligaciones fiscales y legales que afectan a las comunidades de propietarios.

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