Guía legal y práctica 2024
La videollamada ha revolucionado la forma de comunicarnos, y las comunidades de propietarios no son una excepción.
Tras la pandemia, muchas comunidades se plantean si es legal y práctico celebrar las juntas de vecinos online, pero ¿lo permite la ley? ¿Qué requisitos hay que cumplir? ¿Las decisiones tomadas por videollamada son válidas?
En este artículo resolvemos todas las dudas: qué dice la ley, cómo organizar una junta telemática, qué medios usar, y qué precauciones legales debes tener en cuenta.
Si buscas una comunidad más ágil y conectada, esto te interesa.
⚖️ ¿Qué dice la ley sobre las juntas de propietarios por videollamada?
Desde la entrada en vigor de la Ley 10/2022, se permite celebrar juntas de propietarios por videollamada, siempre que se garanticen ciertos requisitos.
📜 Referencia legal clave:
- Ley de Propiedad Horizontal (LPH), modificada por la Ley 10/2022.
- Establece que las juntas pueden celebrarse por medios telemáticos, siempre que se garantice la identidad de los asistentes, la participación y la votación.
👉 Conclusión legal: Sí, se pueden hacer por videollamada, pero deben garantizarse los derechos de todos los propietarios y reflejarse en acta.
🛡️ Requisitos para hacer juntas de propietarios por videollamada
Para que la junta celebrada por videollamada sea legal y sus acuerdos válidos, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Requisito | Explicación |
---|---|
Convocatoria formal | Enviada por medios habituales, indicando que será telemática y con instrucciones de acceso. |
Identificación de asistentes | Verificación de identidad mediante documento y control de acceso a la videollamada. |
Participación garantizada | Deben poder hablar, debatir y votar todos los asistentes. |
Votación válida y registrada | Por voz, chat o herramientas de votación segura, reflejando los votos en acta. |
Redacción y firma del acta | El secretario debe redactarla y puede firmarse digitalmente o presencialmente. |
📢 Importante: La junta puede realizarse 100% online o de forma mixta (presencial + telemática), siempre que se garantice la igualdad de participación.
🖥️ ¿Qué herramientas se pueden usar para las juntas por videollamada?
Herramientas más utilizadas:
- Zoom (versión gratuita o de pago).
- Google Meet (requiere cuenta de Gmail).
- Microsoft Teams.
- Plataformas específicas para comunidades como Tucomunidad.com.
🔒 Recomendación: Usar plataformas que permitan grabar la reunión, compartir pantalla y gestionar votaciones fácilmente.
📋 ¿Cómo convocar una junta de propietarios online correctamente?
- Envío de convocatoria formal con:
- Fecha y hora de la reunión.
- Orden del día.
- Enlace de acceso a la videollamada.
- Instrucciones para votar y participar.
- Verificación previa de los propietarios que se conecten.
- Gestión fluida por parte del presidente y el secretario.
- Redacción de acta reflejando asistencia, debates, votaciones y acuerdos.
📢 Consejo: Convocar con mínimo 6 días de antelación, como establece la LPH.
📊 Gráfica: Ventajas más valoradas de las juntas por videollamada
Voy a generar una gráfica que muestre las principales ventajas que destacan los propietarios sobre celebrar juntas online. Un momento.
Ventajas más valoradas de las juntas por videollamada
La gráfica muestra que la mayor asistencia y la comodidad son las ventajas más valoradas de celebrar juntas de propietarios por videollamada, seguidas del ahorro de tiempo y la reducción de conflictos presenciales.
🛠️ Supuesto práctico: Comunidad que adopta las juntas online
🔎 Contexto
Una comunidad de 20 vecinos tiene problemas para alcanzar el quórum en las juntas presenciales. Solo asisten 8 propietarios habitualmente.
🚀 Solución
- Se aprueba por mayoría el uso de videollamada para futuras juntas.
- La próxima reunión se realiza por Google Meet, con asistencia de 17 propietarios.
- Se vota la instalación de cámaras de seguridad y se aprueba con mayoría suficiente.
📌 Resultado: Aumenta la participación, se reducen tiempos y se agiliza la toma de decisiones, sin incidencias legales.
❓ Preguntas frecuentes sobre juntas de propietarios online
1. ¿Necesito unanimidad para hacer las juntas por videollamada?
🚫 No. Solo se requiere que la convocatoria se haga correctamente y se garantice la participación.
2. ¿Qué pasa si un propietario no tiene acceso a internet?
Se le debe permitir asistir presencialmente o delegar el voto en otra persona. No se le puede excluir.
3. ¿Puedo grabar la junta online?
✅ Sí, pero debes informar previamente a los asistentes y usarla solo para fines legales o administrativos.
📢 Las juntas de propietarios por videollamada son legales y válidas desde 2022, siempre que se cumplan los requisitos de identificación, participación y votación.
Celebrarlas online mejora la participación, agiliza la gestión y permite tomar decisiones sin necesidad de reuniones presenciales, facilitando la vida comunitaria.
💡 Consejo: Valora adoptar este formato en tu comunidad si buscas más eficiencia y mayor implicación de los vecinos.